Política Criminal - Artículo - 30/12/2021

Pensar el delito de trata con fines de explotación laboral desde un enfoque de mercado

Por Carolina Maniowicz

por Carolina Maniowicz

Resumen · El presente trabajo tiene por finalidad explorar cómo se desarrolla el fenómeno del delito de trata de personas con fines de explotación laboral, analizando cuáles son los factores que posibilitan y facilitan el negocio como forma de obtención de ganancias para sus autores. Para ello, se analizará cuál es el perfil de las víctimas y las causas que las llevan a constituirse como tales, cuáles son las características de esas actividades productivas en las que los trabajadores son explotados, cuáles son los actores que intervienen y cómo resulta posible que las situaciones de explotación se mantengan a lo largo del tiempo evitando sanciones por parte del Estado. La finalidad última de este trabajo consistirá en observar que la trata de personas con fines de explotación laboral no sólo se encuentra atravesada por cuestiones de índole penal, sino también por ciertas características no penales que contribuyen a su existencia.

Palabras clave · Trata de personas – explotación laboral – mercados criminales – víctimas – intervención estatal

Abstract · Thinking about unlawful human trafficking for the purpose of forced labour, from a market perspective · The purpose of this work is to explore how the phenomenon of the crime of trafficking in persons for the purpose of forced labour develops, analyzing what are the factors that enable and facilitate the business as a way of obtaining profits for its authors. To do this, we will analyze what is the profile of the victims and the causes that lead them to constitute themselves as such, what are the characteristics of those productive activities in which workers are exploited, who are the actors involved and how it is possible that exploitation situations are maintained over time avoiding sanctions by states. The ultimate purpose of this work will be to observe that human trafficking for the purpose of forced labour is not only affected by criminal issues, but also by certain non-criminal characteristics that contribute to its existence.

Keywords · Human trafficking – forced labour – criminal markets – victims – state intervention

 

  1. Introducción

Analizar el delito de trata de personas con fines de explotación laboral implica, en primer lugar, tener en claro que el objetivo principal de sus autores es la obtención de ganancias económicas las cuales son ilegales por ser adquiridas a costa de la afectación de graves violaciones a los derechos humanos y del menoscabo de la libertad y la dignidad de sus víctimas.

Considerando este aspecto principal del fenómeno criminal, resulta imprescindible conocer cómo se desarrolla el mismo desde una perspectiva que permita comprender cuáles son los factores que posibilitan y facilitan dicha generación de ganancias para sus autores.

Es decir, cuáles son sus causas, cuáles son y cómo funcionan los mercados económicos más proclives a la trata laboral, mediante qué procesos se logran llevar a cabo y cuáles son los modos de intervención de los diferentes actores estatales (administrativos y judiciales) frente a esta grave problemática. Ello, con el fin de contribuir a pensar en diferentes modos de intervención estatal que abarquen aspectos preventivos, disuasivos y reactivos frente al fenómeno criminal.

De este modo, se analizará cuál es el perfil de las víctimas y las causas que las llevan a constituirse como tales, cuáles son las actividades económicas de mayor riesgo, en qué se basa dicho riesgo, cuáles son las características de esas actividades productivas en las que los trabajadores son explotados, cuáles son los actores que intervienen y cómo resulta posible que las situaciones de explotación se mantengan a lo largo del tiempo evitando sanciones por parte del Estado.

Desde esta perspectiva resultará posible advertir que la trata de personas con fines de explotación laboral no sólo se encuentra atravesada por aspectos penales propios del fenómeno criminal sino también por las características no penales que contribuyen a su existencia.

 

  1. Las causas del fenómeno

 La trata laboral y sus delitos conexos encuentran su origen en una multiplicidad de causas, las cuales están interrelacionadas. Muchas de ellas se vinculan a la vulnerabilidad de las víctimas, tales como las condiciones de desigualdad y pobreza, la falta de oportunidades educativas y de acceso a la salud, las políticas migratorias y de fronteras restrictivas, la discriminación de los trabajadores extranjeros en el mercado laboral, la discriminación por motivos raciales y de género, entre otros (Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, 2016). La edad también constituye otro factor de vulnerabilidad que provoca que muchos niños se vean afectados al trabajo infantil o adolescente.

A pesar de las variaciones entre los países y en las condiciones económicas, para los hogares pobres es especialmente difícil enfrentar las crisis de ingresos, sobre todo las que empujan a los hogares por debajo del umbral de pobreza alimentaria. En presencia de este tipo de crisis, los hombres y las mujeres sin redes de protección social tienden a pedir préstamos para satisfacer sus demandas mínimas de consumo y a aceptar cualquier trabajo para sí mismos o para sus hijos, aún bajo condiciones de explotación (OIT, 2014b). Esta situación configura muchas veces una fuerte dependencia de los explotadores, quienes se terminan aprovechando de la vulnerabilidad de las víctimas.

La falta de educación y el analfabetismo también constituyen factores de vulnerabilidad que implica que tanto los adultos con un nivel de instrucción bajo como los hijos de padres que no han recibido educación, corran un mayor riesgo de ser víctimas del trabajo forzoso debido a que reducen las oportunidades de empleo para los trabajadores y con frecuencia los obliga a aceptar trabajar bajo malas condiciones (OIT, 2014b).

A su vez, de acuerdo a las estimaciones mundiales de la OIT, el 44% de todas las víctimas migraron dentro o fuera de las fronteras internacionales antes de ser sometidas al trabajo forzoso y de ellas, quienes se encuentran en situación de migración irregular poseen un mayor riesgo de exposición al trabajo forzoso. En Argentina, muchos trabajadores rurales realizan tareas agrícolas estacionales en una provincia distinta de la que viven. En este sentido, la condición de migrante de una persona, también la vuelve más vulnerable a constituirse en víctima.

Todas estas personas suelen estar expuestas a peores condiciones de trabajo que el resto y por estos motivos, muchas veces terminan siendo víctimas de explotación laboral sin considerarse a sí mismas como tales. Esta situación, sumado a que muchas veces se encuentran amenazadas o privadas de su libertad provoca que las víctimas de trata de personas, a diferencia de las víctimas de otros delitos, denuncien en menor medida. Por este motivo, las autoridades que se encuentran en contacto con esta población, como las y los inspectores de la normativa laboral, resultan fundamentales para su detección.

Conocer la diversidad de causas que provocan que una persona se constituya en víctima y enfrentarlas, resulta fundamental al momento de implementar estrategias de combate de la trata. De este modo, deberán afrontarse sus causas profundas tal como fue señalado por la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños, indicando que “[las] estrategias encaminadas a prevenir la trata de personas deben tener presente los factores subyacentes por los que éstas son vulnerables a la trata, por ejemplo, la pobreza, la falta de oportunidades de empleo, la discriminación y las desigualdades entre los géneros, las leyes y las políticas de inmigración restrictivas, las guerras y los conflictos” (2010: párr. 21).

En similar sentido, desde el punto de vista de la política de gestión de conflictos planteada por Alberto Binder (2011), entendida como una intervención estatal que impida que frente a la presencia de un conflicto predomine la ley del más fuerte, un conocimiento profundo de los factores que están asociados a la aparición del conflicto permite la realización de acciones preventivas.

En este caso, las causas que provocan el conflicto, son causas estructurales por lo que su abordaje será sumamente complejo y requerirá de una intervención interdisciplinaria e integral. Así, la protección social puede prevenir la vulnerabilidad de los hogares frente a la pérdida imprevista de los ingresos y a la servidumbre por deudas, o el acceso a la educación y a la formación profesional pueden aumentar el poder de contratación de los trabajadores y sobre todo prevenir que los niños se conviertan en víctimas del trabajo forzoso.

Del mismo modo, las medidas dirigidas a promover la inclusión social y enfrentar la discriminación contra las mujeres y las niñas también pueden contribuir a prevenir el trabajo forzoso, así como las políticas migratorias podrían potenciar el impacto positivo de la migración en el desarrollo y prevenir la explotación y el abuso de los trabajadores migrantes (OIT, 2014b). Se trata de políticas sociales que deben ser planificadas e implementadas a largo plazo trayendo como consecuencia la prevención de la aparición del fenómeno criminal.

 

  1. Actividades económicas más riesgosas

 Las prácticas de explotación laboral pueden darse en diversos sectores de la economía. Globalmente, se identifican entre los sectores más expuestos a esas formas de explotación: la agricultura y la horticultura, la construcción, la confección de prendas de vestir y textiles, la minería, las explotaciones madereras y de silvicultura, la pesca, el transporte, el servicio doméstico y otros trabajos de cuidado y limpieza (Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre la trata de personas, 2015).

Si bien en estos sectores se da la presencia de algunos trabajadores altamente calificados, las víctimas de trabajo forzoso por lo general son trabajadores poco o no calificados. Se trata de sectores de difícil control estatal por la existencia de subcontrataciones, por la temporalidad del trabajo y por la informalidad en la que se desarrollan algunas de estas actividades. En este sentido, el acceso a estos sectores de actividad presenta muchos obstáculos – aun para los sindicatos –, lo que dificulta su accionar, debido justamente a la alta rotación de personal vinculada con la estacionalidad del trabajo, la cadena de subcontrataciones o el cambio constante de los lugares de trabajo (OIT, 2014a).

Con relación a la informalidad laboral en el ámbito rural, específicamente en Argentina, según datos del Ministerio de Industria y Trabajo, y del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento de Víctimas de Trata, “el trabajo informal en el campo ascendió al 44% en promedio entre 2016 y 2018, con picos de 85 por ciento en algunas provincias” (Premici, 2019).

Por otra parte, la Encuesta de Actividades de Niños, Niñas y Adolescentes 2016-2017 realizada por el Indec, “contabilizó 72.808 niños y niñas de entre 5 y 15 años que realizan algún tipo de labor en el ámbito rural ‘en condiciones de mercado’” (Ibid.). A su vez, se registraron 734 empresas rurales incluidas en el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal), “un número muy bajo para los altos niveles de informalidad y explotación registrados en el ámbito agropecuario” (Ibid.).

El abordaje de una política integral para el combate contra el trabajo no registrado, precario e infantil en el ámbito rural requiere de la determinación previa de sus diferencias como de las particularidades que le son propias. Primero, con relación al trabajo que se desarrolla en ámbitos urbanos, sea este industrial o de servicios; y en segundo término, respecto de la determinación y necesaria objetivación de las profundas diferencias estructurales, que se observan en los diversos tipos de producciones y realidades regionales que conforman el sector agrario (Ruiz & Senyk, 2012).

En lo que respecta a las ganancias obtenidas en estas actividades por parte de los explotadores, las víctimas de explotación laboral, incluyendo el trabajo doméstico, la agricultura y otras actividades, generan ganancias anuales estimadas en 51.000 millones de dólares. De éstos, las ganancias producidas por el trabajo forzoso en la agricultura, incluyendo la silvicultura y la pesca, se estiman en 9.000 millones de dólares por año. Estas cifras fueron calculadas en función de la diferencia entre el valor añadido correspondiente al trabajo (considerando el valor añadido por trabajador multiplicado por la renta del trabajo, que según estimaciones prudentes representa dos terceras partes) y los salarios pagados a las víctimas del trabajo forzoso en ese sector, en base a la información de la Base de Datos Mundial de OIT 2012. Las ganancias de otras actividades económicas se estiman en 34.000 millones de dólares al año, incluyendo la construcción, la industria, la minería y los servicios (OIT, 2014b).

 

  1. Características de empleo y condiciones laborales en los mercados productivos rurales

El enfoque de mercado permite identificar particularidades estructurales y específicas de las actividades económicas llevadas a cabo por los explotadores por medio de las cuales es posible conocer su grado de permeabilidad para facilitar la explotación laboral de personas.

Nos centraremos aquí, en las características del trabajo en la agricultura, que como se ha señalado ya, representa uno de los sectores más riesgosos por la precariedad del empleo, los altos niveles de informalidad, la prevalencia de los empleos múltiples, la fragmentación de la mano de obra, las asimetrías de información, la estacionalidad, las incertidumbres de la producción agrícola y las lesiones y enfermedades que puede producir en los trabajadores. A su vez, por lo general, el trabajo se realiza en condiciones que llevan a muchos riesgos, incluyendo la exposición a productos químicos nocivos y a maquinarias peligrosas (FAO, 2014).

En este contexto, al momento de pensar en diversos modos de intervención estatal frente al fenómeno criminal deberán tenerse en consideración los siguientes aspectos (no penales) propios de la actividad productiva de la que se trate a fin de que dicho accionar resulte efectivo:

  • Modo de funcionamiento y características de la cadena productiva. Resulta de suma relevancia conocer el modo en el que funciona la cadena productiva, en qué consisten las diferentes etapas del proceso productivo, de qué modo se llevan a cabo los trabajos de preparación del suelo, cultivo, cosecha y otras particularidades propias del mercado en análisis especificando si se trata de un trabajo manual o mecánico y el modo en el que se realiza, cuáles son las etapas que generan mayor demanda de mano de obra y cómo se produce el pago. Por ejemplo, el tipo de producción manual constituye un indicador de la necesidad de mayor mano de obra y de mayores condiciones de vulnerabilidad de los trabajadores. Las largas jornadas de trabajo, particularmente de intenso trabajo manual, contribuyen a la fatiga de los trabajadores y dan lugar a accidentes en el trabajo (OIT, 2011). A su vez, la modalidad de pago “a destajo” (pago por kilo recolectado) resulta frecuentemente un modo de abuso por parte de los explotadores hacia el trabajador, estipulando el valor de la contraprestación de acuerdo a valores de mercado (en detrimento del trabajador) o incluso a las condiciones climáticas, forzando al empleado a ser “socio” en las eventuales pérdidas (PROTEX & OIT, 2017).
  • Períodos en los que se desarrollan los trabajos. Conocer las fechas específicas o calendarios de trabajo, permite identificar cuándo se lleva adelante cada etapa del proceso productivo y cuándo se produce la mayor demanda de mano de obra, a fin de tomar intervención en esos períodos. Los ciclos de cosecha manual son los que suelen requerir mayor cantidad de trabajadores. En nuestro país, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación, es el organismo que fija el calendario de trabajos para cada actividad productiva por lo que representa una fuente de información de gran relevancia al momento de analizar un determinado mercado productivo desde el enfoque de mercado.
  • Distribución territorial de la producción. La identificación de las zonas de producción permite centrarse en los lugares donde se produce la problemática y orientar la investigación y las intervenciones en esas zonas en particular. De este modo, se direccionará la utilización de recursos hacia esos territorios favoreciendo la obtención de resultados positivos.
  • Actores. Conocer quiénes son los actores que intervienen en el fenómeno criminal de modo directo o indirecto, facilita la identificación de roles en el proceso productivo y los perfiles de las víctimas que son convocadas a la realización de las tareas. También permite conocer actores no gubernamentales que podrían brindar información valiosa tales como sindicatos, cámaras empresariales, empresas contratantes o cooperativas, entre otros, y actores de gobierno tales como secretarías de empleo o aquellas abocadas al trabajo de un mercado productivo específico en una determinada provincia.
  • Contexto socioeconómico de la provincia. Los indicadores sociodemográficos, económicos y laborales de cada provincia permiten conocer el contexto en el que se desarrolla una determinada actividad productiva. Por ejemplo, aquellos vinculados a la educación, pobreza, condiciones de vida y de saneamiento, y la situación registral del empleo, influyen en la generación de condiciones para que se produzca la trata de personas con fines de explotación laboral y sus delitos conexos. Por este motivo, deben considerarse estos indicadores al momento de analizar el fenómeno criminal o de pensar en modos de intervención estatal en cada territorio.

  

  1. Modos actuales de intervención estatal

 La promoción del cumplimiento de la legislación laboral, así como las inspecciones de las condiciones laborales y de alojamiento de las y los trabajadores en los lugares de trabajo en los momentos adecuados (en épocas de mayor demanda de mano de obra), contribuyen a la prevención, disuasión y detección de los casos de trata laboral y de sus delitos conexos.

Si se realizan de modo efectivo, las medidas de fiscalización y control pueden funcionar como medidas disuasivas desde el punto de vista de la política de gestión de conflictos a la que se refiere Binder (2011) evitando la aparición, instalación y permanencia del conflicto y logrando resultados a corto plazo. Los alcances de este tipo de acciones serán limitadas ya que únicamente se evita el conflicto mientras se desarrolla la acción disuasiva y en el radio en la que ella sea visible, y por otra parte, no impide que el conflicto se traslade hacia otro lugar. Sin embargo, logran que se modifique el desarrollo del conflicto y mantienen en alerta a los explotadores.

Para ello, en primer lugar, será necesario hacer un diagnóstico a fin de identificar los sectores productivos más proclives a la trata de personas con fines de explotación laboral considerando al mismo tiempo las zonas en las que se llevan adelante dichos mercados.

Luego, ante la detección del incumplimiento a la legislación laboral en los campos agrícolas es necesaria la implementación de acciones correctivas y, en su caso, la imposición de sanciones. Por el contrario, la falta de acción ante este tipo de situaciones, además de ser contraria al objeto de las inspecciones, perpetúa las condiciones de vulnerabilidad incrementando su riesgo a ser víctimas de trata de personas, reduciendo e incluso nulificando la posibilidad de detectar posibles casos (CNDH México, 2018).

En nuestro país, existen a nivel estatal organismos de inspección de cumplimiento de las normas relativas al trabajo, la salud, higiene y seguridad en el trabajo y la seguridad social así como cláusulas normativas de los convenios colectivos de trabajo. Sin embargo, suelen presentarse una serie de dificultades para inspeccionar que impiden la recolección de pruebas que acrediten con contundencia los hechos denunciados. Por ejemplo, en el caso del trabajo agrario deben realizarse en vastas extensiones territoriales, en lugares de difícil acceso y expuestos a peligros específicos, que denotan en la práctica un escaso impacto para atacar el problema de fondo (Ruiz & Senyk, 2012).

A su vez, la cantidad de organismos de distintas jurisdicciones y niveles políticos administrativos vinculados a la inspección y la fiscalización del cumplimiento de la normativa laboral del sector agrario, torna necesario desarrollar una absoluta coordinación entre ellos, lo cual resulta de difícil ejecución. Por lo general, se suelen implementar múltiples esquemas y acciones con un nulo o escaso nivel de articulación, razón por la cual no podemos hablar de la existencia de un real sistema coordinado y coherente para la materia.

A ello, debemos sumar también la intervención de distintos actores sociales vinculados a la actividad que van desde carteras y organismos de Estado con diversas competencias y objetivos relacionados con diferentes aristas del sector, hasta organizaciones empresarias y sindicales, así como otras asociaciones civiles que con variados grados de incidencia pugnan por ser tomadas en cuenta (Ruiz & Senyk, 2012).

Asimismo, resulta imprescindible que la capacidad institucional sea suficiente y eficiente para llevar a cabo las inspecciones, es decir, que cuente con la cantidad necesaria de recursos humanos, con una especialización de las y los inspectores constante en la materia, con protocolos de inspección y con una programación de inspecciones en los campos y zonas de producción basados en un enfoque de mercado que considere las características específicas de cada mercado productivo.

Finalmente, también debe tenerse presente que las empresas y los empleadores que respetan las leyes laborales poseen una desventaja económica ya que el trabajo forzoso crea un ambiente de competencia desleal. De esta forma, perjudica a los gobiernos y a las sociedades porque las ganancias generadas evaden los sistemas nacionales de recaudación de impuestos, y los costos asociados para hacer frente a la trata con fines de explotación laboral son considerables. Por este motivo, el combate del fenómeno criminal no configura únicamente una obligación para los Estados, sino que desde el punto de vista económico también resultará útil invertir recursos en esta materia.

Dada la complejidad del fenómeno criminal así como las dificultades y obstáculos para su prevención, detección y sanción, la trata laboral y sus delitos conexos requieren de una intervención integral que involucre de modo coordinado a autoridades administrativas y judiciales, mediante el diseño e implementación de medidas llevadas a cabo desde una perspectiva que considere no sólo los aspectos penales del fenómeno, sino también aquellos no penales propios de cada mercado productivo.

 

  1. Bibliografía

Binder, A., 2011: Análisis político criminal, Buenos Aires: Astrea.

CNDH México, 2018: Estudio sobre la intervención de las Autoridades del Trabajo en la prevención de la trata de personas y la detección de posibles víctimas en campos agrícolas, México: Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, 2016: El Trabajo Forzoso y la Trata de Personas con Fines de Explotación Laboral. Un estudio de aproximación a la situación de talleres textiles clandestinos en la Ciudad de Buenos Aires, Buenos Aires: Defensoría del Pueblo.

FAO, 2014: Caja de Herramientas de Empleo Rural Decente: Definición Aplicada de Empleo Rural Decente, en http://www.fao.org/3/a-av092s.pdf (última consulta realizada el 9/10/2019).

OIT, 2011: Repertorio de recomendaciones prácticas sobre seguridad y salud en la agricultura, en https://bit.ly/31HDOkg (última consulta realizada el 9/10/2019).

OIT, 2014a: Educación obrera para el trabajo decente. Módulo 6: formas de explotación laboral, Buenos Aires: Organización Internacional del Trabajo.

OIT, 2014b: Ganancias y Pobreza: aspectos económicos del trabajo forzoso, en https://bit.ly/2CoJHKs (última consulta realizada el 9/10/2019).

Premici, S., 2019: Explotación laboral en el sector rural, en https://bit.ly/31LLMc4 (última consulta realizada el 9/10/2019).

PROTEX & OIT, 2017: La trata de personas con fines de explotación laboral. Estrategias para la detección e investigación del delito, en https://bit.ly/33Rpvw0 (última consulta realizada el 9/10/2019).

Ruiz, Á. & Senyk, A., 2012: «La inspección laboral en el ámbito rural. Los nuevos paradigmas legales exigen nuevas estrategias fiscalizadoras», Revista Derecho del Trabajo, 1 (2): 195-208.

Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre la trata de personas, 2010: Informe de la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños, Sra. Joy Ezeilo, 9 de agosto de 2010, A/65/288, en https://bit.ly/30QnpKR (última consulta realizada el 9/10/2019).

Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre la trata de personas, 2015: Informe de la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños, Maria Grazia Giammarinaro, 31 de marzo de 2015, A/HRC/29/38, en https://bit.ly/3aq46eD (última consulta realizada el 9/10/2019).

 

* Carolina Maniowicz es abogada con orientación en Derecho Administrativo y Derecho Internacional Público por la Universidad de Buenos Aires. Maestranda en Diseño y Gestión de Programas y Políticas Sociales por la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales. Funcionaria de la Procuración General de la Nación.

** Este artículo fue recibido el 17 de octubre de 2019 y aceptado el 14 de noviembre de 2019.

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